Es aquel lugar establecido generalmente en las áreas fronterizas, puertos y ciudades importadoras/exportadoras, cuyo principal propósito es controlar todas las entradas y salidas de mercancía, en los medios que son transportadas y los trámites necesarios para llevarlos a cabo. Su principal función es hacer cumplir las leyes, recaudando impuestos, derechos y aprovechamientos aplicables en materia de comercio exterior.
Es la persona física a quien la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autoriza mediante una patente para promover por cuenta ajena el despacho de mercancías, en los diferentes regímenes aduaneros previstos en la ley aduanera de quien contrate sus servicios.
Zona Fronteriza Norte:
- Tijuana, B.C.N.
- Nogales, Son.
- Nuevo Laredo, Tam.
Puertos de México:
- Manzanillo, Col.
- Lázaro Cárdenas, Mich.
- Altamira, Tam.
- Veracruz, Ver.
Aduana interna:
- Aeropuerto internacional Miguel Hidalgo y Costilla (Gdl).
Zona Fronteriza Sur:
- Cd. Hidalgo, Chiapas.